Ser empresario o directivo de una empresa puede ser una profesión de riesgo.
Cualquier profesional, con independencia de los servicios que preste, estará siempre expuesto en el ejercicio de su profesión a causar daños como consecuencia de su trabajo o asesoramiento. Para ello las aseguradoras disponen de seguros de rc específicos para cubrir éstas y otras posibles contingencias.
La finalidad de los Seguros de responsabilidad Civil profesional, es cubrir las posibles consecuencias económicas derivadas de cualquier reclamación que pudiesen formular contra el asegurado, por daños causados a terceros de forma involuntaria, bien sea por un error o por una falta profesional, cometidos por sí mismo o por personas que de él dependan laboralmente, durante el ejercicio de la actividad profesional.
En el caso de administradores y directivos, con una mayor probabilidad de sufrir una reclamación por sus acciones o decisiones, tenemos fórmulas con coberturas especificas: Reclamaciones en la vía penal, gastos de investigación formal, reclamaciones por contaminación, sanciones administrativas, reclamaciones entre cónyuges, reclamaciones en materia laboral.
Coberturas
Esta sería la garantía principal, mediante ella la aseguradora cubrirá hasta el límite y condiciones pactadas en las condiciones particulares y generales de su contrato, el pago de las indemnizaciones de las que pueda resultar civilmente responsable el Asegurado conforme a derecho, por Reclamaciones contra él presentadas por Terceros, debidas a cualquier error u omisión profesional, en los que haya mediado culpa o negligencia, en que pueda incurrir el Asegurado en relación con el ejercicio de su actividad profesional.
La aseguradora asumirá, en cualquier procedimiento judicial que se derive de un Siniestro amparado por la Póliza, la dirección jurídica frente a la Reclamación del perjudicado, designando los letrados y procuradores que defenderán y representarán al Asegurado en las actuaciones judiciales que se le siguiesen en reclamación de posibles responsabilidades civiles cubiertas por esta Póliza.
La aseguradora garantiza la prestación de fianzas judiciales al Asegurado para garantizar su responsabilidad civil o conseguir su libertad provisional en un procedimiento penal derivado de un Siniestro amparado por la Póliza.
Mediante esta garantía, quedarán cubiertas las reclamaciones por los daños Materiales, pérdida o extravío que puedan sufrir los expedientes o Documentos, confiados al Asegurado por causa de su profesión o que éste tenga en su poder para el desarrollo de la gestión encomendada.
Esta garantía ofrece cobertura para las Reclamaciones como consecuencia de las pérdidas derivadas única y directamente de actos deshonestos o fraudulentos cometidos por Empleados del Asegurado con la intención manifiesta de causar tales pérdidas o de obtener un beneficio económico para sí.
Mediante esta garantía se cubrirá la responsabilidad civil derivada de los posibles daños causados a los inmuebles alquilados por el asegurado para el desarrollo de la actividad de su empresa. En las condiciones generales se determinará que tipo de daños son los que tienen cobertura.
Mediante esta garantía se cubrirá la responsabilidad civil que pueda ser exigida al Asegurado por los Daños Corporales ocasionados a sus propios Empleados en el ejercicio de la actividad asegurada.
Mediante esta garantía se cubriría el pago de una indemnización mensual en el supuesto que el Asegurado sea condenado por sentencia judicial firme a la pena de inhabilitación especial para el ejercicio de su profesión.
Mediante esta garantía se ofrece la posibilidad de cubrir al asegurado aquellos hechos desconocidos y ocurridos con anterioridad a la fecha de efecto del contrato de seguro y cuyas reclamaciones tengan lugar durante el período de vigencia del mismo.